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Solicitud de ejecución del acuerdo de flexibilidad horaria en reducción de jornada

El pasado 21 de octubre de 2015, CGT ha solicitado ante la Audiencia Nacional la ejecución del Acuerdo de flexibilidad horaria en reducción de jornada, suscrito con fecha 17 de junio de 2015, y que se requiera a la Dirección de Tragsatec para que se abstenga de imponer unilateralmente a los afectados otros requisitos adicionales a los expresamente pactados en el citado acuerdo.

El motivo de esta solicitud se debe a las diferentes quejas recibidas por los compañeros afectados por la interpretación que desde RR.HH se está realizando que obliga a los trabajadores comprendidos en el citado acuerdo a tener como hora máxima obligatoria de entrada las 9:30.

Desde CGT consideramos que la única obligación horaria que tienen los trabajadores acogidos a la opción B de dicho acuerdo es la de cumplir diariamente una parte del tronco común obligatorio en proporción a su reducción de jornada, pero en ningún momento se establece que la hora máxima de entrada tenga que ser las 09:30.

El pasado mes de noviembre, desde la Secretaría Judicial de la Audiencia Nacional, se dio traslado de dicha demanda al resto de partes intervinientes en dicho acuerdo, fijando un plazo de 5 días para alegaciones. No habiendo recibido a fecha de hoy notificación alguna, estamos a la espera del resultado de nuestra solicitud para informaros del resultado de la misma.

¡¡DEFIENDE TU PUESTO DE TRABAJO Y TUS DERECHOS!!
¡¡POR EL REPARTO DEL TRABAJO Y LA RIQUEZA!!
¡¡SI NOS TOCAN A UN@ NOS TOCAN A TOD@S!!

Madrid, 16 de diciembre de 2015

CGT

Sección Sindical Estatal CGT Tragsatec
http://cgttec.es
estatal@cgttec.es

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