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Cuarta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018

En esta ocasión, la cuarta reunión de la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) de 2018 en Tragsatec, se celebró el miércoles 21 de noviembre en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) para tratar sobre la jornada laboral de 37,5 horas semanales.

La parte social presentó una solicitud ante los mediadores y la Dirección de la empresa para que el cómputo anual de la jornada laboral fuera de 1605 horas según la extrapolación de las 37,5 horas semanales que establece la LPGE.

La Dirección indicó que SEPI no tiene un criterio claro para la aplicación de las 37,5 horas semanales a las empresas públicas y que dicho ente solicitó un informe a la Abogacía del Estado para saber cómo afecta y cuánto es el cómputo anual.

El informe recibido de la Abogacía del Estado indica que al ser el régimen normativo de las empresas públicas el Estatuto de los Trabajadores la jornada laboral de 37,5 horas semanales anualizada es de 1712 horas y 17 minutos, “sin perjuicio de las particularidades”.

La Dirección explicó que está analizando el informe de la Abogacía del Estado y necesita tiempo para saber cómo aplicarlo ya que la jornada laboral anual de Tragsatec según el Acuerdo de Homologación es de 1712 horas.

CGT interpretamos que el cálculo realizado por la Abogacía del Estado es genérico y deja la puerta abierta a la particularidad de cada empresa, pero creemos que la Dirección intenta ganar tiempo excusándose en sus dudas, a pesar de poder solicitar un informe particular para Tragsatec.

Observamos que la demora en implantar las 37,5 horas semanales está suponiendo un ahorro del 6,25% para la empresa y/o la Administración a costa de los trabajadores y las trabajadoras. Pero no lo vamos a permitir.

CGT manifestamos en la reunión que, según el artículo 11 del Acuerdo de Homologación, el exceso de jornada se compensa en tiempo de descanso o económicamente incrementado en un 75%, por lo que cuanto más tarde la Dirección en aplicar la jornada laboral de 37,5 horas semanales mayor será el coste para la empresa.

La Dirección no quería que la reunión finalizara con acuerdo ni con desacuerdo y la propuesta de los mediadores fue someter el procedimiento a un arbitraje en derecho para evitar la judicialización, aunque tampoco fue aceptado.

La reunión finalizó teniendo como resultado el APLAZAMIENTO hasta el 18 de diciembre de 2018.

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27 de noviembre de 2018

CGT

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